Un fallo para no discriminar
La joven concluyó sus estudios secundarios en el Instituto Modelo de Enseñanza Privada en 2005, pero aunque aprobó las materias no le dieron el título. El caso fue llevado a la Justicia. El juez Roberto Gallardo lo consideró un gesto discriminatorio.
“En tal sentido, ningún funcionario –de cualquiera de los poderes del Estado– debería perder de vista que la función de aplicación de la ley conlleva también la obligación de respetar íntegramente a quienes se ven obligados a recurrir a las autoridades públicas”, sentenció el juez.
Gallardo fundamentó su resolución en el artículo 25 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que pone a cargo del Ejecutivo porteño “acreditar, evaluar, regular y controlar la gestión de las personas privadas y públicas no estatales que prestan servicio educativo”. Pero también en que “se encuentra en juego el derecho a la integración y a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad o con necesidades especiales, receptado en los tratados internacionales y en la Constitución local”.
En la ciudad de Buenos Aires se dictó en el 2000 la resolución 1274, que dispone que “los alumnos con necesidades especiales integrados a escuelas comunes del sistema tendrán los mismos derechos y obligaciones que el alumnado en general, con las consideraciones específicas imprescindibles derivadas de sus singulares requerimientos”.
Gallardo destacó que esa resolución se encontraba vigente cuando Melina cursó y finalizó sus estudios secundarios “por lo que sus disposiciones resultan de aplicación obligatoria al caso”.
El juez recordó que la lucha de Melina comenzó cuando le surgió el interés de continuar sus estudios en el nivel terciario. En el Instituto Modelo de Enseñanza Privada le entregaron un certificado analítico en el que consta que Melina aprobó todas las materias, con calificaciones que superan los 6 puntos.
Sin embargo, las autoridades consignaron también una leyenda que dice “alumna integrada con adecuaciones curriculares muy significativas sin alcanzar los contenidos mínimos planteados para cada asignatura del presente curso”. Pero Gallardo opinó que ese certificado “adolece de varias irregularidades, que lo tornan inválido. En primer lugar, constituye una flagrante contradicción asignar a las materias cursadas una calificación elevada, que implica aprobación, y luego hacer constar que la alumna no ha alcanzado los contenidos mínimos”.
A mediados de 2007, la estudiante envió una carta documento al Ministerio de Educación porteño para que se le extendiera el título secundario oficial, pero la intimación “nunca fue respondida”. El juez valoró la situación de una persona que vive con una discapacidad y aclaró que “los hechos revelan que Melina se ha esforzado, a lo largo de su vida, en superarse a fin de lograr un desarrollo de sus capacidades que le permita integrarse al mundo social laboral en condiciones de igualdad con los demás”.
Para el abogado de Melina, Diego Agüero, “este fallo es ejemplar y positivo porque significa un avance, en momentos en que se pelea por una educación inclusiva”.
“Estoy feliz, en diez días tendré mi certificado de estudios”, dijo la joven Melina Quereilhac.
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